Información para abogados

Guía del abogado postasilo

¿Qué debo comunicar a mi cliente?

Una vez concedido el asilo, es importante informar a su cliente de que, como asilado, tiene derecho a una serie de prestaciones. Infórmele de que el acceso a estas prestaciones no afectará a su estatus de inmigrante, ni tendrá ningún tipo de deuda con el gobierno. Puede facilitar a su cliente el folleto del Asylee Outreach Project sobre los pasos siguientes a la concesión de asilo en inglés, español, francés, chino mandarín, amárico, tigriña, ruso o dari. También puede proporcionar a su cliente un paquete completo para asilados después de la concesión de asilo, disponible en inglés y español.

Para ponerles en contacto con una agencia de reasentamiento en la que puedan acceder a las prestaciones, visite la sección "Remita a un cliente" más abajo para encontrar una agencia de reasentamiento cercana a su cliente. Si su cliente vive en Maryland, remítalo directamente al Asylee Outreach Project llamando al (240) 284-3306 o enviando un correo electrónico a asyleeoutreach@hias.org.

¿Por qué debo ayudar a mi cliente a obtener prestaciones?

Cuando su cliente obtiene la concesión de asilo, su trabajo puede haber terminado. Para su cliente, sin embargo, la siguiente fase de su vida -la plena adaptación a la vida en Estados Unidos- puede que no haya hecho más que empezar.

Algunos asilados pueden ser bastante reacios a solicitar prestaciones. Además, a muchos asilados les resulta extraño acudir al gobierno en busca de ayuda cuando ese mismo gobierno puede haber estado intentando deportarlos.

Como abogado de inmigración, usted está en una posición única para ayudar a su cliente a empezar con buen pie este capítulo de su vida: sus clientes confían en usted y usted está familiarizado con el sistema de inmigración estadounidense. Dedicar unos minutos a ayudar a un cliente a acceder a las prestaciones puede suponer una gran diferencia.

Ventajas

¿Cuáles de mis clientes tienen derecho a prestaciones?

Diversas categorías de inmigrantes pueden optar a las prestaciones financiadas por la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR), incluidos los refugiados, los asilados, los titulares de un visado especial de inmigrante y otros. Para obtener información más completa, visite esta página de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados. Los inmigrantes que hayan recibido la Retención de Expulsión, o que hayan recibido el estatus bajo la Convención Contra la Tortura (CAT), no son elegibles para los beneficios financiados por la ORR.

¿Qué prestaciones tiene mi cliente?

Como asilado, su cliente tiene derecho a las prestaciones para refugiados financiadas por la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR) de Estados Unidos, así como a diversas prestaciones "generales", como Medicaid, SNAP, SSI y TANF.

Entre las prestaciones para refugiados que podría recibir su cliente figuran:

BeneficioDescripciónDisponibilidad después de la fecha de concesión 
Ayuda en metálico a los refugiados Asistencia en metálico para ayudar a los asilados recién concedidos a cubrir sus necesidades básicas 12 meses
Asistencia médica a los refugiados Cobertura sanitaria y reconocimientos médicos gratuitos 12 meses
Servicios de apoyo a los refugiados (RSS) Diversos servicios de empleo y empleabilidad, como formación laboral, formación en lengua inglesa y gestión de casos. 5 años

Recomendar a un cliente

¿Dónde vive su cliente?

Para que su cliente reciba prestaciones, debe ponerse en contacto con un proveedor de servicios de su zona.


Si su cliente vive en Maryland, póngase en contacto directamente con el Asylee Outreach Project llamando al (240) 284-3306 o escribiendo a asyleeoutreach@hias.org para que le ayuden a ponerse en contacto con un proveedor de servicios.

Si su cliente vive en Washington, D.C., llame al Centro de Servicios para Refugiados de Catholic Charities: (202) 266-3062. Su dirección es 1018 Monroe St. NE, Washington, D.C. 20017.


Si su cliente vive en Virginia, consulte la siguiente tabla. Llame a un proveedor de servicios cercano para obtener más información.